Qué es el registro de seguros de vida

formulario de solicitud de seguro de vida

El registro de seguros de vida se encarga de recopilar todos los datos sobre las pólizas contratadas. A él debemos acudir si fallece un familiar y no sabemos si tenía contratado un seguro que hay que cobrar.

El nombre concreto de este organismo es «Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento», y depende del Ministerio de Justicia. En él se guardan todos los contratos de los seguros de vida que se hacen. También se incluyen los seguros de accidentes en los que se cubra la posibilidad de fallecimiento, tanto pólizas individuales como colectivas.

¿Qué información puedo encontrar en el registro de seguros de vida?

En este registro se almacenan todos los datos relativos a las pólizas de seguros. Así pues, en él se guardan el nombre y apellidos del asegurado, así como su DNI. Igualmente, se pueden consultar y conocer los datos de la aseguradora con la que lo contrató: nombre, dirección, código de identificación fiscal…

Por último, también se guardan los datos del seguro en sí: número de póliza y tipo de cobertura (si es un seguro de vida riesgo, por ejemplo).

¿Quién puede acceder a este registro?

Los datos del registro de seguros de vida son públicos, por lo que cualquier persona puede solicitar acceso a ellos. Por tanto, es una herramienta muy útil en caso de que un familiar (o amigo) fallezca y no sepamos si tenía un seguro.

En España, según datos de Unespa, la patronal de los seguros, hay unos 20 millones de personas que tienen un seguro de vida que cubre el fallecimiento o la invalidez. Sin embargo, es muy común que algunos se queden sin reclamar cuando el asegurado muere. El registro nació para evitar que las familias no cobren la indemnización por desconocer que tienen derecho a ella.

¿Qué hace falta para pedir los datos de un fallecido?

Para acceder a la información, es imprescindible que el supuesto asegurado ya haya fallecido. Al menos deben haber pasado 15 días desde la defunción y será necesario presentar el certificado de defunción original. La información se guarda en el registro durante 5 años desde la defunción de los asegurados.

En el registro hay que solicitar el certificado de contratos de seguro de cobertura de fallecimiento. Con él, sabremos si el fallecido tenía algún seguro. De ser así, podremos ir a la aseguradora para conocer quién es el beneficiario de la póliza.

¿Cómo puedo solicitar el certificado?

Hay tres formas de pedir este documento.

Por Internet

Para solicitarlo desde tu ordenador, debes acceder a la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Debes disponer del sistema electrónico Cl@ve para completar el formulario de solicitud. Durante el proceso, tendrás que pagar una tasa administrativa de 3,78 €.

Es la forma más rápida de recibir el certificado, pues apenas tardan entre 24 y 48 horas, según el Ministerio. Sin embargo, también puede ser una forma compleja para quienes no se manejen con las nuevas tecnologías. El Ministerio de Justicia dispone de una página en la que resuelve algunas de las dudas más frecuentes. No obstante, si tienes dificultades, también puedes pedir los datos del registro de seguros de vida por correo o de forma presencial.

Por correo

Para solicitar información por correo, hay que enviar la siguiente documentación:

Una vez que tengas estos documentos y hayas pagado la tasa, la dirección de envío es la siguiente:

Registro General de Actos de Última Voluntad

Ministerio de Justicia

Plaza Jacinto Benavente,3

28012 Madrid.

Si se solicita por correo, el certificado se emite como máximo 7 días hábiles después de que reciban la solicitud. Sin embargo, el propio Ministerio asegura que «por incremento en la demanda del servicio», se podría retrasar más de ese tiempo. El certificado llegará por correo, del mismo modo en el que se solicitó.

Presencial

La documentación necesaria es la misma que para solicitarlo por correo: certificado de defunción, pago de la tasa y formulario 790. En este caso, el certificado tardará un máximo de 7 días y habrá que ir presencialmente a recogerlo.

— En la Comunidad de Madrid

Si se quiere pedir el certificado de forma presencial, hay que ir a la Oficina Central de Atención al Ciudadano. Se encuentra en la calle de la Bolsa, 8, y hay que solicitar cita previa.

— En el resto de las comunidades

Para el resto de España, hay que acudir a las gerencias territoriales del Ministerio de Justicia.

¿Puedo solicitar el certificado si resido en el extranjero?

Sí, no hay ningún problema en pedir la información desde otro país. Si se hace la petición por internet, el procedimiento será exactamente igual. Sin embargo, si se hace por correo, hay que tener en cuenta dos cuestiones:

  • El certificado de defunción tiene que haberlo emitido el Registro Civil o, si es en otro país, un organismo análogo. El documento tiene que estar legalizado y traducido.
  • Para el pago de la tasa, hay que acudir con el impreso 790 a una entidad financiera española que colabore con la Agencia Tributaria (una que tenga sucursal en el país donde residas). Si lo prefieres, puedes pagar la tasa mediante transferencia bancaria en la cuenta que proporciona el Ministerio. Tendrás que adjuntar el original del justificante del pago al impreso 790.

La utilidad del registro de seguros de vida

Es muy común que una persona decida contratar un seguro de vida (o incluso varios). Pero también lo es que la familia lo desconozca. Por eso nació el registro de seguros de vida, para evitar que los beneficiarios pierdan su indemnización por mero desconocimiento. No obstante, nuestro mejor consejo es que siempre informes a tu familia de que tienes un seguro de vida que la protege.

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