Seguro de vida pagado por la empresa

formulario de solicitud de seguro de vida

El seguro de vida pagado por la empresa suele ser un seguro de vida colectivo. Es decir, la empresa lo contrata, aparece como tomadora del seguro e incluye en la póliza a los empleados que quiera.

Estos seguros pueden ser de vida riesgo o de vida ahorro y se engloban en planes de previsión social para complementar las prestaciones de la Seguridad Social.

La empresa puede contratar el seguro de vida colectivo para sus empleados en distintas modalidades:

  • Paga la empresa. Cada empleado decide quién es su beneficiario y la empresa, como tomadora del seguro, se hace cargo del pago de la prima.
  • Paga el trabajador. Los precios de los seguros colectivos son más baratos que los individuales, sobre todo si el número de empleados es elevado.
  • Cubre a todos los trabajadores. El seguro de vida es obligatorio por convenio colectivo para todos los empleados de la empresa y con el capital que establezca dicho convenio.
  • Cubre solo a algunos. Si no existe la obligatoriedad por convenio, la empresa puede decidir a qué empleados asegura (directivos, socios, expatriados, etc.) y con qué capitales.

La empresa se deduce el pago del seguro en el impuesto de sociedades, el empresario se deduce el IRPF y el trabajador tiene la ventaja de computar el coste del seguro como pago en especie.

Otra ventaja es que la empresa no cotiza a la Seguridad Social por esta parte del salario destinada a un seguro de vida riesgo y/o invalidez.

En caso de que haya que cobrar el seguro por fallecimiento del trabajador, sus herederos estarán sujetos al impuesto de sucesiones y donaciones al que por ley deban hacer frente.

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16 comentarios

  1. Buenas, me acaban de conceder la discapacidad permanente total el dia 07 de julio. La empresa me llama hoy para pedirme la documentacion para el seguro de vida que tienen contratado, para que ellos decidan se me lo conceden o no.
    Es esto correcto, porque yo no tengo idea , gracias

  2. Me acaban de dar la incapacidad permanente total, revisable cada 2 años,podría pedirle al asesor de mi empresa q mande mis papeles para ver si me indemniza el seguro q me tenía? Muchas gracias

  3. Las empresas normalmente tienen obligación de tener un seguro de accidentes no de vida ni de incapacidad, hable con su empresa para saber que seguro tenían contratado.

  4. La pequeña empresa de la que era socio hasta hace unos meses me sigue pagando el seguro ya que la contratación era anual y no puede cancelarlo. El administrador me pide las cuotas restantes de los meses que está pagando sin estar yo. ¿Estoy obligado a pagarlo?

  5. Hola, no podemos ayudarle en este tema en concreto, ya que es un acuerdo entre su antigua sociedad y usted. Lo que si podemos decirle que cualquier seguro solo se puede cancelar al vencimiento del mismo.

  6. Si la empresa cierra estando de baja y te conceden una incapacidad,quien paga el seguro de vida??Gracias

  7. Si la empresa cierra, lo normal es que deje de pagar los seguros, tendrá que contratar un seguro nuevo o intentar subrogarse el que tenia la empresa.

  8. El seguro de vida contratado por una empresa cotiza el trabajador por la seguridad social?

  9. Hola buenas noches. Mi caso es complejo a ver si me puede ayudar alguien. Cogi la baja por una incapacidad,la cual se fue alargando ya que es un problema de medula. La empresa me echó inventándose una excusa la cual vamos a juicio en un tiempo cercano. Mi pregunta es: Si gano el juicio y queda como despido nulo,la empresa puede practicar el pago del seguro de empresa a parte de los salarios a deber? Y puede variar el convenio colectivo al convenio de empresa y no tener seguro de vida? O es obligatorio en los 2 tipos de seguro? Mi incapacidad ya es crónica, lo que sucede aun no he llegado al tribunal medico. Muchas gracias!

  10. La empresa nos quiere hacer un seguro de vida colectivo y dice que nos lo pasa por nómina en concepto pago en especies, y que tenemos que declararlo a Hacienda porque tributa. Es obligatorio?.

  11. Si. Es un pago en especies y hay que declararlo, pero tributa como pago en especies que es algo diferente a los rendimientos directos del trabajo.

  12. Por la seguridad social no. Pero si es un ingreso en especies que hay que declarar en la declaración de la renta.

  13. Tendrá que ponerse en contacto con su aseguradora para ver las clausulas. Hay un registro de seguros de vida en el ministerio de justicia que los herederos pueden consultar para saber que seguros de vida tenia un fallecido.

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